Financiamos las necesidades de consumo o adquisición de bienes y servicios de empleados y pensionados. Con el crédito de libranza, autoriza a la empresa o entidad para la que trabaja a que descuente cuotas fijas mensuales de su sueldo o mesada pensional para el pago de su obligación.
Para solicitar este crédito su empresa deberá suscribir un convenio de administración de nómina con el Banco y como requisitos, usted debe tener ingresos superiores a 1 SMMLV, no ser mayor de 70 años si es empleado y de 80 si es pensionado.
- Financiación: desde 2 SMMLV hasta 200 SMMLV
- Plazo: De 6 a 60 meses
- Tasa de Interés: La vigente al momento del desembolso
- Amortización: Cuota mensual fija
- Garantía:
- Empleado: Firma personal para créditos inferiores a 26 SMMLV, para operaciones de mayor cuantía avalista solvente
- Pensionado: Firma personal para cualquier monto de crédito
- Los pagos mensuales se descuentan de la nómina
Condiciones especiales:
El valor de la cuota mensual máximo permitido no excederá el 15% del valor de su sueldo o pensión mensual. El total de deducciones, incluyendo el crédito de libranza, no excederá el 30% de su sueldo o pensión mensual.