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Libranza

Financiamos las necesidades de consumo o adquisición de bienes y servicios de empleados y pensionados. Con el crédito de libranza, autoriza a la empresa o entidad para la que trabaja a que descuente cuotas fijas mensuales de su sueldo o mesada pensional para el pago de su obligación.

Para solicitar este crédito su empresa deberá suscribir un convenio de administración de nómina con el Banco y como requisitos, usted debe tener ingresos superiores a 1 SMMLV, no ser mayor de 70 años si es empleado y de 80 si es pensionado.

  • Financiación: desde 2 SMMLV hasta 200 SMMLV
  • Plazo: De 6 a 60 meses
  • Tasa de Interés: La vigente al momento del desembolso
  • Amortización: Cuota mensual fija
  • Garantía:
    1. Empleado: Firma personal para créditos inferiores a 26 SMMLV, para operaciones de mayor cuantía avalista solvente
    2. Pensionado: Firma personal para cualquier monto de crédito
  • Los pagos mensuales se descuentan de la nómina

Condiciones especiales:

El valor de la cuota mensual máximo permitido no excederá el 15% del valor de su sueldo o pensión mensual. El total de deducciones, incluyendo el crédito de libranza, no excederá el 30% de su sueldo o pensión mensual.