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El Gobierno Nacional a través de la Ley Estatutaria N° 1266 de diciembre 31 de 2008, reguló el manejo de información contenida en bases de datos personales, en especial la crediticia y financiera, y determinó parámetros para el manejo del historial crediticio de los colombianos.
Clientes reportados negativamente en las centrales de riesgo tienen la oportunidad de ser excluidos de ellas y acceder a nuevos créditos, una vez paguen sus obligaciones de manera voluntaria.
¿Quiénes se benefician con la Ley 1266?
Hay tres grupos de beneficiarios, aclarando que se trata de un periodo de transición entre diciembre 31 de 2008 y junio 30 de 2009:
- Grupo 1: deudores que están en mora (potenciales beneficiarios por pago dentro de los próximos 6 meses): Si pagan desde la fecha, hasta junio próximo, su reporte negativo permanecerá por máximo 1 año y no por los 4 años establecidos
- Grupo 2: deudores que estuvieron en mora y pagaron hace menos de 1 año; tan pronto como se cumpla el periodo de 1 año, su reporte como moroso será eliminado
- Grupo 3: deudores que estuvieron en mora y pagaron hace más de un año: si están al día en todas sus obligaciones, serán borrados automáticamente.
Lo invitamos a ponerse al día en sus obligaciones con el Banco Agrario de Colombia. Acérquese a la oficina en donde radicó su crédito para iniciar los trámites de normalización de cartera.
Reiteramos nuestra voluntad de colaboración en las diferentes actividades productivas que tenga previsto desarrollar, para lo cual, el Banco Agrario de Colombia tiene a su disposición un amplio Portafolio de Productos de Crédito para que presente una nueva solicitud.
Recuerde el valor de mantener sus obligaciones al día, pues al incurrir nuevamente en mora perdería todos los beneficios, y en consecuencia, los reportes que fueron objeto de modificación, reaparecerían en su historial.
Ley 1266 - Hábeas Data