Crédito agropecuario para la población víctima del conflicto armado interno
El Banco Agrario de Colombia, como integrante del Sistema Nacional de Reparación Integral a Víctimas, participa en la atención de la población considerada en la Ley, con el trámite integral de las solicitudes de crédito que son presentadas.
Beneficiarios
Persona natural que califique como víctima en los términos de la Ley 1448 de 2011, condición que se acreditará con el soporte de la verificación efectuada por el Banco a través de la herramienta destinada para tal fin por la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas del Departamento para la Prosperidad Social.
Requisitos Generales para la Solicitud de Crédito
Antes de solicitar crédito para un proyecto productivo, el productor debe:
- Identificar la actividad objeto de la inversión o necesidad de financiación y en la cual tiene experiencia.
- El proyecto deber ser financiera, técnica y ambientalmente viable.
- Demostrar el tipo de tenencia del predio donde se va a desarrollar el proyecto productivo:
- Si es predio propio, se demuestra a través del Certificado de Libertad y Tradición con fecha de expedición menor o igual a 30 días y
- Si es predio en arriendo, se demuestra a través del contrato de arrendamiento, el cual debe tener una vigencia por un periodo de tiempo igual o superior al plazo del crédito y certificado de libertad y tradición del predio.
- Si es poseedor, certificación emitida por la Junta Acción Comunal del lugar en el que se encuentre ubicado el predio
- Estar incluidos en el Registro Único de Victimas