Gestión Documental
El Banco Agrario de Colombia consciente de la importancia de organizar, disponer y preservar la memoria documental de la Entidad, cuenta con políticas, procedimientos e instrumentos archivísticos, que garantizan el desarrollo y la aplicación del ciclo de vital de los documentos en sus distintas fases de archivo. Lo anterior, se encuentra soportado en el cumplimiento de la Ley 594 de 2000 (Ley General de Archivos), Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia) y demás normas conexas.
Por otro lado, el decreto 1341 de 2019 del Departamento Administrativo de la Función Pública y la Resolución 001 de 2019 del Banco Agrario de Colombia, mediante los cuales se aprobó y modificó la estructura del Banco Agrario de Colombia, determinó que la Vicepresidencia administrativa tiene, entre otras de sus funciones: “… Planear, coordinar, dirigir y controlar la adopción e implementación de las acciones tendientes a la organización de la gestión documental en el Banco, de acuerdo con lo establecido en las normas del Archivo General de la Nación y demás reglamentaciones sobre la materia...” Asimismo, se estableció que la Gerencia de Servicios Administrativos debe, entre otras de sus funciones: “… Planear, coordinar, dirigir, ejecutar y controlar los procesos, procedimientos y demás actividades relacionadas con la gestión documental, y el manejo de la correspondencia del Banco, atendiendo lo establecido en las normas que le apliquen a estas materias…”.
De acuerdo con lo expuesto anteriormente, y en atención a los principios de la transparencia y acceso a la información pública, se presentan los documentos asociados al programa de Gestión Documental, así:
Acto Administrativo por el cual se adoptan las Tablas de Retención Documental al Interior del Banco