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Cuentas Maestras del Sistema General de Participaciones

Titularidad Individual – Modalidad Cuenta Maestra

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante Resolución 4835 del 29 de diciembre de 2015, fijo las condiciones para la apertura, registro y operación de las cuentas maestras de las Entidades Territoriales y sus entidades descentralizadas, en las que se administran los recursos del Sistema General de Participaciones; Propósito General, las Asignaciones Especiales para la Alimentación Escolar, Municipios Ribereños del Rio Grande de la Magdalena y Resguardos Indígenas, y la Asignación para la Atención Integral a la Primera Infancia, permitiendo así un adecuado seguimiento y control.

Estas cuentas sólo aceptarán como operaciones débito los pagos que las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas realicen a los beneficiarios previamente registrados en cada una de las Cuentas Maestras.

El nombre de la cuenta Maestra en el sistema del Banco se compone de lo siguiente:

  • Nombre de la Cuenta
  • Prefijo: corresponde al tipo de Cuenta Habiente asignado a la Cuenta Maestra.

El Banco reportará la información de las cuentas maestras a través de la plataforma de Integración de Datos – PISIS del Ministerio de Salud y de la Protección en la periodicidad establecida en la resolución 4835 de diciembre 29 de 2015.

Tipo
A
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