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Incentivo a la Capitalización Rural

El ICR se define como un derecho personal e intransferible, otorgado a las personas naturales o jurídicas que ejecuten nuevos proyectos de inversión agropecuaria, siempre que cumplan con las condiciones establecidas y exista disponibilidad de recursos presupuestales y de tesorería. El incentivo se materializa mediante un abono que realiza FINAGRO, a través del intermediario financiero, directamente al crédito del beneficiario, como reconocimiento a las inversiones efectivamente ejecutadas.

Estructuración de Bolsa y Enfoque Territorial

  • Bolsa 1: Territorios de Impulso Agro productivo (Nivel 1) y Territorios de Consolidación Productiva (Nivel 2).
  • Bolsa 2: ICR para el Fomento de la Actividad Arrocera.

Cada bolsa cuenta con límites máximos de ejecución, mecanismos de suspensión de inscripciones y criterios de priorización territorial, con el fin de garantizar una distribución equitativa y controlada de los recursos.

  Beneficiarios:

El Incentivo a la Capitalización Rural está dirigido a personas naturales o jurídicas que ejecuten nuevos proyectos de inversión agropecuaria, financiados mediante créditos redescontados en FINAGRO, y que cumplan con los requisitos establecidos

  • Pequeños productores de ingresos bajos
  • Pequeños productores 
  • Productores con enfoque étnico (individual o colectivo)
  • Esquemas asociativos y cadenas de valor 
  • Medianos productores 
  Condiciones Especiales:

Para poder contar con el Incentivo a la Capitalización Rural (ICR) los proyectos deben estar orientados a: 

  • El proyecto de inversión debe ser financiado mediante un crédito redescontado en FINAGRO; no son elegibles proyectos financiados por otras fuentes sin redescuento.
  • Las inversiones objeto del incentivo deben ejecutarse con posterioridad a la fecha de redescuento del crédito, salvo las excepciones previstas para operaciones de leasing.
  • Las inversiones no pueden haber recibido otro incentivo o subsidio estatal con la misma finalidad, garantizando la no concurrencia de apoyos públicos.
  • Dentro de un mismo año calendario, una persona no podrá tener más de una inscripción vigente para acceder al ICR, excepto en los casos de proyectos bajo enfoque asociativo o de cadena de valor.
   Tasas: 

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