Incentivo a la Capitalización Rural
El ICR se define como un derecho personal e intransferible, otorgado a las personas naturales o jurídicas que ejecuten nuevos proyectos de inversión agropecuaria, siempre que cumplan con las condiciones establecidas y exista disponibilidad de recursos presupuestales y de tesorería. El incentivo se materializa mediante un abono que realiza FINAGRO, a través del intermediario financiero, directamente al crédito del beneficiario, como reconocimiento a las inversiones efectivamente ejecutadas.
Estructuración de Bolsa y Enfoque Territorial:
- Bolsa 1: Territorios de Impulso Agro productivo (Nivel 1) y Territorios de Consolidación Productiva (Nivel 2).
- Bolsa 2: ICR para el Fomento de la Actividad Arrocera.
Cada bolsa cuenta con límites máximos de ejecución, mecanismos de suspensión de inscripciones y criterios de priorización territorial, con el fin de garantizar una distribución equitativa y controlada de los recursos.
Beneficiarios:
El Incentivo a la Capitalización Rural está dirigido a personas naturales o jurídicas que ejecuten nuevos proyectos de inversión agropecuaria, financiados mediante créditos redescontados en FINAGRO, y que cumplan con los requisitos establecidos
- Pequeños productores de ingresos bajos
- Pequeños productores
- Productores con enfoque étnico (individual o colectivo)
- Esquemas asociativos y cadenas de valor
- Medianos productores
Condiciones Especiales:
Para poder contar con el Incentivo a la Capitalización Rural (ICR) los proyectos deben estar orientados a:
- El proyecto de inversión debe ser financiado mediante un crédito redescontado en FINAGRO; no son elegibles proyectos financiados por otras fuentes sin redescuento.
- Las inversiones objeto del incentivo deben ejecutarse con posterioridad a la fecha de redescuento del crédito, salvo las excepciones previstas para operaciones de leasing.
- Las inversiones no pueden haber recibido otro incentivo o subsidio estatal con la misma finalidad, garantizando la no concurrencia de apoyos públicos.
- Dentro de un mismo año calendario, una persona no podrá tener más de una inscripción vigente para acceder al ICR, excepto en los casos de proyectos bajo enfoque asociativo o de cadena de valor.
Tasas:
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