1. Para radicar oficios embargos, desembargos, cambios de: cuenta judicial, proceso judicial, ampliación o disminución del valor del embargo y demandantes para los productos de cuenta de ahorros, corriente y CDT, deben remitidos al buzón: centraldeembargos@bancoagrario.gov.co
2. Peticiones, quejas o reclamos del proceso embargos y desembargos deben ser remitidos al buzón de Servicio al Cliente servicio.cliente@bancoagrario.gov.co.
La Circular 00000032 de 2025 establece que los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) son inembargables, en virtud de que no constituyen patrimonio de las Entidades Promotoras de Salud (EPS), sino que son administrados por delegación del Estado. Solo se permite el embargo en casos excepcionales, como: · Créditos laborales. · Recursos del Sistema General de Participaciones (SGP), siempre que no estén destinados a salud, educación o saneamiento básico