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LEC Reactivación Agropecuaria

El Banco Agrario pone a su disposición la Línea Especial de Crédito diseñada por el Gobierno Nacional y Finagro, para la reactivación económica generada por situaciones climáticas adversas, catástrofes naturales, caídas sostenidas de sus ingresos, emergencias fitosanitarias o zoosanitarias, crisis económicas ocasionadas por pandemias y por alteraciones de orden público.

  • Productos y servicios especializados para el sector agropecuario.
  • Amplia cobertura y disponibilidad de puntos de atención y servicio.
  • Tasa de interés con subsidio.
  • Siembra y sostenimiento de cultivos de ciclo corto.
  • Sostenimiento de cultivos perennes y forestales.
  • Sostenimiento pecuario, acuícola, pesca, zoocría y apícola.
  • Capital de trabajo para procesos de comercialización y transformación de la producción agropecuaria realizada directamente por los productores o por los esquemas asociativos.
  • Capital de trabajo para el desarrollo de actividades que garanticen la bioseguridad y control de enfermedades de los predios.
  • Compra de pie de cría en proyectos pecuarios.
  • Reparación y/o mejoramiento de obras de adecuación e infraestructura para la producción primaria.

Para el acceso a la presente línea será necesaria la calificación por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR) de la ocurrencia de alguno de los siguientes eventos:

  • Una situación de tipo extremo climatológico o una catástrofe natural que dé lugar a pérdidas masivas de la producción.
  • Caídas severas y sostenidas de ingresos para los productores, en los términos que reglamente el Gobierno Nacional.
  • Notorias alteraciones del orden público que afecten gravemente la producción o comercialización de las actividades agrícolas, pecuarias, piscícolas, apícolas, avícolas, forestales, acuícolas, zoocría y pesqueras.
  • Zonas estratégicas para las autoridades nacionales por sus condiciones socioeconómicas.
  • Emergencia de tipo fitosanitaria y zoosanitaria de impacto regional o nacional definido por el MADR.
  • Afectación de la capacidad de pago de los productores como consecuencia del aumento sostenido de la tasa de interés.

El plazo máximo de otorgamiento del subsidio será hasta de cinco (5) años y podrán tener un periodo de gracia de hasta un (1) año.

 Accede a este producto en cualquiera de nuestras oficinas en todo el país, para conocer más ingresa Aquí

O puedes hacerlo a través del siguiente botón ingresando aquí:

 

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Conoce nuestras tasas y tarifas aquí.

Para más información sobre nuestros productos financieros, comunícate con la Línea de Atención Contacto Banco Agrario:
Bogotá: (601)  594 8500
Resto del país. 01 8000 91 5000

Tipo
B
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