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Cuentas Maestras

Son cuentas bancarias de condiciones especiales, a través de las cuales se deben administrar los recursos públicos, tales como el régimen subsidiado de salud, régimen contributivo, propósito general, resguardos indígenas, etc. esto con el fin de asegurar su correcta destinación para los fines previstos en la ley.

Sus características principales son:

  • Administración “exclusiva” de recursos, En cada cuenta se administra los dineros correspondientes a conceptos establecidos en la norma.
  • Son exentas de gravamen a Movimientos Financieros  (GMF).
  • No se cobra comisión por las transacciones.
  • Debe existir una preinscripción de los beneficiarios de los pagos que se hagan sobre esas cuentas para contar con la plena identificación de los mismos.
  • Solo son permitidas transferencias electrónicas para la realización de los pagos.
  • Las entidades bancarias que tienen estas cuentas generan un reporte con la información de los movimientos que se efectúen a través de dichos productos al organismo rector que el Gobierno Nacional indique en la reglamentación.
  • Se suscriben a través de un convenio entre la entidad territorial y la entidad financiera.
Tipo
A
Cuenta maestra – pagadora de las participaciones
Cuenta maestra – pagadora de las participaciones de agua potable y saneamiento básico, educación, propósito general las asignaciones especiales y la asignación para la atención integral a la primera infancia del sistema general de participaciones
A
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